Dirección General de Promoción y Festivales Culturales

1. ¿Quiénes pueden participar en la Convocatoria?
Podrán participar las Secretarías, Institutos y Consejos Estatales de Cultura; Gobiernos Municipales y Alcaldías o Instancias de Cultura Municipales con personalidad jurídica propia, Universidades Públicas Estatales y Organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro y con fines de promoción y fomento de las artes.
2. ¿Las postulaciones se realizan con la entrega de documentación original?
No, todas las postulaciones, para que puedan ser consideradas para revisión, se realizan únicamente a través de la Plataforma PROFEST, disponible en la página de internet www.profest.cultura.gob.mx, por lo que el envío de documentación por paquetería o vía correo electrónico no es considerada.
3. ¿Cómo puedo saber si tengo personalidad jurídica propia?
Según sea el caso, se determina en el Instrumento Jurídico de Creación, Ley Orgánica Municipal, Ley General de Gobierno y Administración Municipal, etc.
4. ¿Cómo sé si puedo firmar un convenio y recibir un recurso federal?
De acuerdo con las facultades y normatividad del nombramiento de Titulares o en su caso de Representantes legales, y en lo establecido en el Instrumento Jurídico de Creación, Ley Orgánica Municipal, Ley General de Gobierno y Administración Municipal, etc.
5. ¿La programación debe estar confirmada en su totalidad o pueden existir grupos o artistas tentativos?
Se recomienda que la programación esté confirmada en su mayoría, ya que se considera dentro de los aspectos de evaluación y selección.
6. ¿Puedo incluir artistas extranjeros dentro de mi programación para que se cubra por el recurso otorgado por la Convocatoria?
No, el recurso únicamente es para la contratación de servicios profesionales de artistas, conferencistas, talleristas, curadores, museógrafos y grupos artísticos nacionales.
7. ¿Cómo se seleccionan los proyectos que recibirán apoyo?
Una vez que se ha revisado que el proyecto cumpla con toda la documentación requerida y que no infrinja las restricciones de las Bases de Participación, las Comisiones Dictaminadoras evalúan la viabilidad del proyecto, realizando un análisis de éste, cumpliendo con los criterios de elegibilidad que se relacionan en la Convocatoria.
8. ¿Quiénes son los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras?
• La/El titular de la Subsecretaría de Desarrollo Cultural de la Secretaría de Cultura, o su suplente, quien tendrá a su cargo la Presidencia.
• La/El titular de la Dirección General de Promoción y festivales Culturales de la Secretaría de Cultura, o su suplente, quien tendrá a su cargo la Secretaría Ejecutiva.
• Un/Una gestor(a) cultural representante nombrado/a para cada zona geográfica, quienes fungirán como vocales.
• Un/Una especialista seleccionado por la Comisión de Honor para cada sesión de dictaminación de acuerdo con la disciplina, quienes fungirán como vocales.
• Invitados que se consideren pertinentes,
Cuando así lo considere conveniente, la Secretaría de Cultura podrá invitar a participar en las Comisiones Dictaminadoras a especialistas y responsables de distintas instituciones, incluidas las coordinadas por la propia Secretaría, para opinar sobre la viabilidad y conveniencia del otorgamiento de los apoyos
9. ¿Qué es un CFDI?
Es un comprobante fiscal digital impreso. Este es el único esquema válido de comprobación fiscal, admitido por el SAT, a partir del 1° de abril de 2014, mismo que deberá cumplir con la normatividad aplicable.
10. ¿Qué requisitos debe cumplir un CFDI?
Los requisitos que debe cumplir son los mencionados en la página del SAT, los cuales se encuentran en el siguiente link: http://omawww.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Paginas/requisitos_factura_electronica_cfdi.aspx
11. ¿Cuáles podrían ser las fuentes de financiamiento para la realización del proyecto?
Pueden provenir de Instancias Estatales, Municipales, Privadas, Sociales, etc. Y las aportaciones podrán ser monetarias, en especie o bienes y servicios, siempre y cuando no provengan de otro recurso federal.


12. ¿Cuáles son los mecanismos de evaluación?
Son aquellos que permiten evaluar la calidad de las presentaciones artísticas presentadas durante la ejecución del proyecto por parte del público y de la Instancia. Estas pueden ser encuestas de salida, cuestionarios, libros de asistencia, reporte fotográfico, estadísticas comparativas de asistentes con años anteriores, etc., con sus respectivos análisis y conclusiones. Lo cual permitirá verificar el alcance del objetivo planteado originalmente.
13. Si salgo beneficiado en la Convocatoria, ¿En qué momento recibiré el recurso?
Los tiempos de depósito dependerán del compromiso y agilidad con que la Instancia Beneficiaria entregue la documentación solicitada y realice los trámites necesarios a lo largo de los procesos de formalización y pago. Posteriormente el recurso aprobado queda sujeto a disponibilidad presupuestal. No se omite mencionar que la Secretaría de Cultura no se compromete a realizar la transferencia del recurso autorizado previamente a la realización de los proyectos por lo que las Instancias Beneficiarias deberán contar con capacidad financiera para ejecutar los proyectos.
14. ¿Cómo obtengo los formatos oficiales establecidos por el PROFEST?
Los formatos oficiales establecidos por el PROFEST se generan únicamente a través de la Plataforma PROFEST, por lo que, a través de la captura de información en la misma, los podrás descargar prellenados en la última etapa de postulación, listos para su impresión y obtención de firma.
Aquellos formatos que sean alterados, ilegibles o que no puedan reproducirse, se consideran como documentación no entregada.
15. ¿Qué pasa si requiero realizar cambios en la programación autorizada por las Comisiones Dictaminadoras de la Convocatoria?
Si de manera excepcional resulta necesario llevar a cabo cambios en la programación del festival, estos sin exceder el 35% de las actividades aprobadas, se deberán informar previamente a la Dirección General de Promoción y Festivales Culturales (DGPFC), para su evaluación y eventual autorización. No se podrá incrementar el monto de algún honorario aprobado. De no cumplir con estas condiciones, la Secretaría de Cultura podrá solicitar la devolución del recurso.
De igual forma, en el caso excepcional que se requiera modificar el periodo de realización del festival, deberán solicitar la autorización previa a la DGPFC con al menos 10 días hábiles antes de las fechas autorizadas por las Comisiones Dictaminadoras y no superar el año fiscal para el cual se otorgó el subsidio. De no cumplir con esta condición, la Secretaría de Cultura podrá solicitar la devolución del recurso.
16. Cuando concluya mi proyecto ¿Cómo debo comprobar la coinversión de los gastos de transportación, difusión, administración, etc.?
La DGPFC sólo solicitará comprobación por el recurso otorgado, se entiende que la instancia responsable del Festival se compromete a realizar el proyecto de acuerdo a los compromisos obtenidos en los documentos entregados en la convocatoria.


Para complemento de información de este Programa, se deben consultar las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a la Cultura, publicada en el Diario Oficial de la Federación.
Para cualquier duda o aclaración estamos para servirle en los teléfonos (55) 4155-0200 ext. 9526, o enviando un correo a profest@cultura.gob.mx

¿Qué es SonarEscénico?

Es una herramienta de difusión y programación escénica. Se trata de una plataforma digital que funciona como una base de información que permite a los ejecutantes darse a conocer ante las instituciones federales, estatales y municipales de cultura, instituciones públicas estatales de educación superior, así como organizaciones de la sociedad civil que realizan Festivales, proporcionando además a éstas una herramienta de programación.

2. ¿Para qué sirve?

Permite por un lado al artista plasmar la información necesaria de su propuesta escénica vigente, considerando la posibilidad de profesionalizarse a partir de conocer todos los requerimientos que debe considerar para presentar y mover su oferta; por otro lado, permite a los programadores de las instancias organizadoras de actividades artísticas, conocer diversas propuestas así como las necesidades técnicas de las propuestas, para valorar la viabilidad de su incorporación a la programación de los eventos que organiza.

3. ¿Cuál es la utilidad de SonarEscénico?

Es una herramienta de búsqueda y contacto entre los artistas escénicos y las instancias culturales. El artista al publicar su información y sus propuestas se hará visible ante diversas instancias culturales, y así éstas podrán ubicar la propuesta ideal a contratar. Con esto se proporciona una plataforma a los artistas, donde puedan presentar sus distintas propuestas; mientras que las instancias culturales disfrutarán de una herramienta, que les posibilite localizar y ubicar a diversos artistas a nivel nacional.

4. ¿Quiénes pueden ser parte de SonarEscénico?

Artistas, grupos escénicos e instancias culturales de todo el país.

5. ¿Como funciona?

La Dirección de Animación Cultural difunde la plataforma SonarEscénico, invita artistas y /o grupos escénicos interesados, así como posibles instancias usuarias, revisa y verifica las propuestas para el dictamen de la comisión de publicación, y recibe los reportes. Garantizando así, la difusión gratuita para los artistas a nivel nacional, abriendo mayores opciones de empleo. Mayor oferta de propuestas a mejores costos y sin necesidad de intermediarios.

6. ¿Cómo accedo al SonarEscénico?

Se solicita una clave de acceso por correo electrónico a la dirección: festivales@cultura.gob.mx

7. ¿Qué información podrá publicarse?

Todas las propuestas escénicas vigentes que considere importante difundir además de sus datos de contacto, para que las instancias culturales del país puedan visualizarlo y contactarlo, si fuera de su interés.

8. ¿Ser parte de SonarEscénico, significa que la Secretaría de Cultura podrá contratarme?

No, la Secretaria de Cultura a través de la Dirección General de Promoción y Festivales Culturales, coordina la operación de la plataforma SonarEscénico, sin embargo, no se establece ningún compromiso de contratación.


Para cualquier duda o aclaración estamos para servirle en los teléfonos (55) 4155-0331 ext. 7333 y (55) 4155-0551